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Order (Auto)October 16, 2024

A- de 2024

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Comité Ganadero Del Bajo Magdalena·Respondent Municipio Cerro De San Antonio Y Otros

✓
Topic · hard data
Proceso Ejecutivo Promovido Contra Entidad Pública Cuando Hay Evidencia De Que El Título Ejecutivo No Proviene De Un Contrato Estatal.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Procesos ejecutivos basados en títulos valores que no se deriven de un contrato estatal, o si existiendo tal relación, el litigio involucra un tercero al cual se le endosó o transfirió el título
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Único Promiscuo Municipal de Cerro de San Antonio (Magdalena) y el Juzgado Decimosegundo Administrativo del Circuito de Santa Marta, causado por una demanda ejecutiva singular, presentada por el Comité Ganadero del Bajo Magdalena, en contra de la Unidad Municipal de Asistencia Técnica del Cerro de San Antonio, con el objeto de que se libre mandamiento de pago por una suma de dinero que se deriva de diez facturas cambiarias expedidas por la venta de dosis para la vacunación contra la aftosa.

Cumplidos los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo que configuran un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que no existe evidencia de que las facturas de venta que se pretenden ejecutar estuvieran relacionadas con un contrato estatal suscrito entre las partes.

De hecho, la parte demandante afirmó claramente que no existió un contrato estatal que diera origen a las facturas, y en estas circunstancias, con respaldo en los Autos 1027 de 2021, 553 de 2022, 1508, 2918 de 2023, 1314, 1521 de 2024 para la Corte es dable determinar que corresponde a la jurisdicción ordinaria conocer del proceso ejecutivo promovido por el Comité Ganadero del Bajo Magdalena, concluyendo con la regla según la cual, en virtud del artículo 15 del CGP y las disposiciones 627 y 784 (numeral 12) del Código de Comercio, la jurisdicción ordinaria, en su especialidad civil, será competente de conocer los procesos ejecutivos basados en títulos valores que no se deriven de un contrato estatal, o si existiendo tal relación, el litigio involucra un tercero al cual se le endosó o transfirió el título.

Por consiguiente, se dispone el envío del expediente al Juzgado Único Promiscuo Municipal de Cerro de San Antonio (Magdalena) para lo de su competencia.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (2 points)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado Único Promiscuo Municipal de Cerro de San Antonio (Magdalena) y el Juzgado Decimosegundo Administrativo del Circuito de Santa Marta, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Único Promiscuo Municipal de Cerro de San Antonio (Magdalena) conocer de la demanda ejecutiva singular presentada por el Comité Ganadero del Bajo Magdalena contra de la Unidad Municipal de Asistencia Técnica del Cerro de San Antonio.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5537 al Juzgado Único Promiscuo Municipal de Cerro de San Antonio (Magdalena) para lo de su competencia y para que COMUNIQUE la presente decisión al Juzgado Decimosegundo Administrativo del Circuito de Santa Marta, a la parte demandante y a los demás interesados en el proceso.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.